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¿Eres dueño de una propiedad arrendada y el arrendatario no paga?
¡Conoce la Ley “Devuélveme mi casa” y cómo te puede ayudar a recuperarla rápido!
Esta ley modifica la Ley 18.101 y está pensada especialmente para dueños de casas o departamentos urbanos que están lidiando con arrendatarios morosos.¿Lo mejor? Puedes iniciar un procedimiento judicial rápido, ¡sin vueltas eternas!

Solo necesitas que el arrendatario te deba al menos una renta, o tenga deudas en gastos comunes o cuentas de servicios (agua, luz, gas…).
1. Presentas la demanda ante el Juzgado Civil correspondiente
2. El arrendatario tiene 10 días para pagar o demostrar que ya pagó
3. Si no lo hace, ¡puedes pedir el desalojo con apoyo de Carabineros!
4. Además, podrás cobrar las rentas pendientes con la misma resolución
El plazo para el desalojo es de solo 10 días desde que se confirme la deuda.

¡También se les puede exigir el pago en el mismo juicio!
TIP: Aunque no tengas contrato escrito, con 3 pagos consecutivos el arriendo.
¿Te ha pasado? ¿Conoces a alguien en esta situación?
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